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Cuota de autónomo 2026: los 15 tramos por ingresos reales

Actualizado abril 2026 — Datos oficiales TGSS, BOE, Ministerio de Inclusión

La cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se determina en 2026 en función de los rendimientos netos reales. Hay 15 tramos con cuotas que oscilan entre 230 €/mes (tramo de menor renta) y 1.060 €/mes (base máxima). Esta guía explica cada tramo, cómo estimar tu rendimiento neto, cómo cambiar de tramo, el calendario transitorio 2023-2032, la tarifa plana vigente y las especialidades para colaboradores, societarios y pluriactividad. Datos oficiales de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), actualizados con la Orden ISM/835/2025 de bases y tipos para 2026.

Nuevo sistema RETA 2023-2032: cotizas por los ingresos reales (rendimientos netos + 7 % de gastos genéricos o 3 % societarios). Mínimo 230 €/mes en 2026, máximo 1.060 €/mes. Regularización anual con la declaración de la renta.

Tabla de contenidos

  1. El nuevo sistema de cotización 2023-2032
  2. Cómo calcular tu rendimiento neto
  3. Tabla completa de los 15 tramos 2026
  4. Cómo cambiar de tramo durante el año
  5. Regularización anual con la AEAT
  6. Tarifa plana para nuevos autónomos (80 €)
  7. Autónomos colaboradores y societarios
  8. Pluriactividad y compatibilidades
  9. Impacto de tu tramo en la pensión futura
  10. Comparativa tarifa plana vs cuota real
  11. Sanciones por declaración incorrecta
  12. Preguntas frecuentes

1. El nuevo sistema de cotización 2023-2032

Hasta 2022, el autónomo podía elegir libremente su base de cotización dentro del intervalo legal (casi todos elegían la mínima, con una cuota de unos 294 €/mes). El Real Decreto-ley 13/2022 aprobó un nuevo sistema que entró en vigor el 1 de enero de 2023 y obliga a cotizar en función de los rendimientos netos reales. El sistema se despliega de forma progresiva hasta 2032, con tres marcos trienales: 2023-2025, 2026-2028 y 2029-2032.

Cada trienio se renegocia la tabla concreta de tramos mediante Orden Ministerial publicada en el BOE. Para 2026, la Orden ISM/835/2025 fija las bases y tipos que comentamos en esta guía. Los pilares del sistema son:

2. Cómo calcular tu rendimiento neto

El rendimiento neto es la base para asignarte un tramo. Se calcula así:

Rendimiento íntegro anualIngresos - gastos fiscalmente deducibles
+ Cuotas RETA pagadasSe suman de nuevo (no se deducen 2x)
- Deducción por gastos genéricos7 % (personas físicas) / 3 % (societarios)
Rendimiento neto computableResultado
Rendimiento mensualNeto anual / 12

Ejemplo: un autónomo factura 42.000 € en 2026 y tiene 10.000 € de gastos deducibles. Las cuotas RETA aportadas el año anterior suman 3.528 €. El cálculo sería:

Ingresos - gastos42.000 - 10.000 = 32.000 €
+ Cuotas RETA32.000 + 3.528 = 35.528 €
- 7 % gastos genéricos35.528 × 0,93 = 33.041 €
Rendimiento mensual33.041 / 12 = 2.753,42 €/mes

Con 2.753 €/mes de rendimiento neto, este autónomo entraría en el tramo 11 de la tabla (ver punto 3), que le corresponde una cuota mensual de 500 €.

3. Tabla completa de los 15 tramos 2026

Esta es la tabla oficial vigente a partir de enero de 2026 (Orden ISM/835/2025, BOE 27/12/2025). Las cuotas incluyen el 31,30 % aplicado sobre la base mínima que elegirías dentro de cada intervalo:

TramoRendimiento mensualBase mín. 2026Cuota mín.Cuota máx.
1Hasta 670 €753,29 €230,00 €250,00 €
2670 - 900 €816,99 €260,00 €285,00 €
3900 - 1.125,90 €872,55 €278,00 €305,00 €
41.125,90 - 1.300 €950,98 €300,00 €325,00 €
51.300 - 1.500 €960,78 €310,00 €335,00 €
61.500 - 1.700 €960,78 €315,00 €355,00 €
71.700 - 1.850 €1.143,79 €360,00 €370,00 €
81.850 - 2.030 €1.209,15 €390,00 €400,00 €
92.030 - 2.330 €1.279,43 €415,00 €430,00 €
102.330 - 2.760 €1.454,25 €465,00 €480,00 €
112.760 - 3.190 €1.556,92 €495,00 €515,00 €
123.190 - 3.620 €1.759,46 €560,00 €580,00 €
133.620 - 4.050 €1.963,00 €620,00 €645,00 €
144.050 - 6.000 €2.166,53 €700,00 €780,00 €
15Más de 6.000 €2.760,00 €870,00 €1.060,00 €

Cuotas aproximadas aplicando 31,30 % sobre la base elegida dentro de cada intervalo. Las cifras pueden variar en ±10 € según la base concreta que selecciones.

4. Cómo cambiar de tramo durante el año

Puedes modificar tu tramo de cotización hasta 6 veces al año, a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Los cambios tienen efecto en las fechas siguientes:

Solicitud presentadaEfecto desde
1 enero - 28 febrero1 de marzo
1 marzo - 30 abril1 de mayo
1 mayo - 30 junio1 de julio
1 julio - 31 agosto1 de septiembre
1 septiembre - 31 octubre1 de noviembre
1 noviembre - 31 diciembre1 de enero siguiente

Necesitarás tu certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico para hacer el cambio. Es muy recomendable ajustar el tramo al menos 2-3 veces al año para evitar grandes regularizaciones en el ejercicio siguiente.

5. Regularización anual con la AEAT

Una vez presentada la declaración de la renta del ejercicio (modelo 100, entre abril y junio del año siguiente), la TGSS calcula tu rendimiento neto real y lo compara con el tramo por el que cotizaste. Hay tres posibilidades:

La regularización se comunica por la sede electrónica de la Seguridad Social. Si discrepas, tienes 10 días hábiles para alegar aportando documentos. Es frecuente que autónomos con ingresos irregulares (comisionistas, freelancers con picos estacionales) terminen pagando una regularización importante en el ejercicio siguiente: planifícalo.

6. Tarifa plana para nuevos autónomos (80 €)

Si te das de alta por primera vez en el RETA (o no has estado dado de alta en los 2 años anteriores), puedes beneficiarte de la tarifa plana de 80 €/mes durante 12 meses. Si durante ese primer año tus rendimientos netos son inferiores al SMI (16.576 € en 2026), puedes prorrogar la tarifa reducida otros 12 meses, siempre que lo solicites expresamente antes del fin del primer año.

Durante la tarifa plana se cotiza por una base equivalente a 960,78 € pero solo se abonan 80 €/mes (el resto lo asume el Estado vía bonificación). Esto significa que tu carrera de cotización para la pensión se genera con esa base, no con 80 €.

Existen bonificaciones adicionales del 30-50 % para jóvenes menores de 30 años (mujeres hasta 35), personas con discapacidad ≥ 33 % y víctimas de violencia de género/terrorismo. Consulta en la calculadora de cuota de autónomo tu cuota teniendo en cuenta las bonificaciones aplicables.

7. Autónomos colaboradores y societarios

Dos regímenes especiales tienen tramos propios:

CategoríaBase mínima 2026Cuota mínimaParticularidad
Autónomo colaborador (familiar)1.000,00 €313,00 €Se cotiza por base fija mínima, independiente de ingresos reales
Autónomo societario1.000,00 €313,00 €Deducción por gastos genéricos del 3 % (vs 7 %)
TRADE (dependiente económico)Según tramos generalesSegún tramosRégimen general con especialidades contractuales

El autónomo societario (socio trabajador de SL con control efectivo) no puede beneficiarse de la tarifa plana de 80 €, pero sí de una reducción del 80 % los 12 primeros meses si cumple requisitos de edad y de no haber estado de alta previamente.

8. Pluriactividad y compatibilidades

Si trabajas como asalariado (Régimen General) y al mismo tiempo como autónomo (RETA), estás en pluriactividad. Beneficios:

La jubilación parcial o activa tiene sus propias reglas: puedes seguir de alta como autónomo mientras cobras el 100 % de la pensión si cumples los requisitos del RD 302/2019 (jubilación activa plena con contratación de un asalariado indefinido).

9. Impacto de tu tramo en la pensión futura

Más del 80 % de los autónomos cotizan en 2025-2026 por bases mínimas o reducidas. Esto lleva a una pensión media de jubilación de 1.030 €/mes para autónomos (vs 1.585 €/mes del Régimen General, datos INSS 2026). La base reguladora se calcula con los últimos 300 meses cotizados (25 años). Subir un solo tramo durante 10 años puede traducirse en una pensión mayor de 80-150 €/mes de por vida.

Cotizar 25 años en tramo 1 (230 €/mes)Pensión estimada: ~1.050 €/mes
Cotizar 25 años en tramo 6 (355 €/mes)Pensión estimada: ~1.340 €/mes
Cotizar 25 años en tramo 11 (515 €/mes)Pensión estimada: ~1.700 €/mes
Cotizar 25 años en tramo 15 (1.060 €/mes)Pensión estimada: ~2.550 €/mes

Estimaciones basadas en la base reguladora media con 37 años cotizados y la fórmula actual de la Ley 21/2021.

10. Comparativa con la antigua cuota flat rate

Antes de 2023, muchos autónomos cotizaban por la base mínima (960,60 €) con una cuota de 294 €/mes, con independencia de lo que facturaran. Este nuevo modelo pretende equilibrar la aportación:

PerfilCuota 2022 (antigua)Cuota 2026 (real)Diferencia
Autónomo con rendimiento 500 €/mes294 €230 €-64 €
Autónomo con rendimiento 1.500 €/mes294 €315 €+21 €
Autónomo con rendimiento 3.000 €/mes294 €495 €+201 €
Autónomo con rendimiento 5.000 €/mes294 €700 €+406 €
Autónomo con rendimiento 8.000 €/mes294 €870 €+576 €

El sistema perjudica a los autónomos con rendimientos elevados que hasta ahora cotizaban por la mínima y beneficia a los de rentas bajas. A cambio, la prestación por cese, maternidad/paternidad y jubilación se adaptan a la base efectivamente cotizada.

11. Sanciones por declaración incorrecta

Declarar un rendimiento menor del real para pagar menos es una infracción grave. La Ley 4/2023 actualizó el régimen sancionador de la Seguridad Social:

InfracciónSanción
Ocultación intencionada < 20 % rendimientosRecargo 5 % + intereses legales
Ocultación 20 - 50 % rendimientosMulta 20-40 % cotizaciones no ingresadas
Ocultación > 50 % o reincidenciaMulta 50-150 % + recargo
Retraso en la regularizaciónRecargo 10-20 % según retraso

Por ello conviene ajustar el tramo mediante Import@ss con regularidad y reservar un fondo de tesorería para la regularización anual.

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12. Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi rendimiento varía mucho durante el año?

Cambia de tramo tantas veces como necesites (hasta 6 al año). Para rentas irregulares, la estrategia recomendada es elegir un tramo intermedio que represente la media anual esperada y ajustar al alza/baja según los trimestres. La regularización final con la AEAT corregirá la diferencia sin intereses si la información es correcta.

¿Puedo elegir un tramo superior al que me corresponde por ingresos?

Sí. Puedes cotizar por una base superior a la que te obliga tu rendimiento (hasta el tope máximo del tramo 15: 1.060 €/mes). Esto incrementa la pensión futura y mejora las prestaciones por incapacidad temporal, maternidad/paternidad y cese.

¿Qué ocurre si soy administrador único de una SL?

Te aplicas el régimen de autónomo societario: base mínima 1.000 € y deducción por gastos genéricos del 3 % (en lugar del 7 %). Si tienes más del 25 % del capital social, o el 50 % en sumando con familiares hasta segundo grado, estás obligado a RETA.

¿Los autónomos jóvenes siguen teniendo tarifa plana?

Sí. Primer año: 80 €/mes. Segundo año: 80 €/mes si los rendimientos netos del primer año son inferiores al SMI (16.576 € en 2026). Jóvenes menores de 30 años (35 para mujeres) pueden disfrutar de bonificaciones adicionales durante 12 meses más.

¿Me conviene facturar más para pagar más cuota o menos?

Depende. Pagar más cuota mejora la pensión y prestaciones, pero reduce tu renta disponible. Un análisis financiero típico dice que cotizar por el tramo 5-6 (315-355 €/mes) ofrece el mejor equilibrio coste/pensión para autónomos con rendimientos entre 1.500-1.700 €/mes. Para los de mayor renta, complementa con planes de pensiones privados con ventajas fiscales.

Fuentes: Orden ISM/835/2025 (BOE 27/12/2025), Real Decreto-ley 13/2022, Ley 21/2021, Ley 4/2023, TGSS, Import@ss, AEAT, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Datos orientativos basados en normativa vigente abril 2026. Consulta con un profesional para tu caso concreto. Enlaces relacionados: cotizaciones Seguridad Social 2026, gastos deducibles autónomos 2026, qué es el MEI, declaración de la renta, cómo funciona el IRPF.

GM
Gonzalo Martín Navarro · LinkedIn
Fundador de CalculaAhora · Analista financiero

Especialista en fiscalidad española y finanzas personales. Datos verificados con la AEAT, el BOE y la Seguridad Social. Datos vigentes 2026.