Cuota de autónomo 2026: los 15 tramos por ingresos reales
La cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se determina en 2026 en función de los rendimientos netos reales. Hay 15 tramos con cuotas que oscilan entre 230 €/mes (tramo de menor renta) y 1.060 €/mes (base máxima). Esta guía explica cada tramo, cómo estimar tu rendimiento neto, cómo cambiar de tramo, el calendario transitorio 2023-2032, la tarifa plana vigente y las especialidades para colaboradores, societarios y pluriactividad. Datos oficiales de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), actualizados con la Orden ISM/835/2025 de bases y tipos para 2026.
Nuevo sistema RETA 2023-2032: cotizas por los ingresos reales (rendimientos netos + 7 % de gastos genéricos o 3 % societarios). Mínimo 230 €/mes en 2026, máximo 1.060 €/mes. Regularización anual con la declaración de la renta.
Tabla de contenidos
- El nuevo sistema de cotización 2023-2032
- Cómo calcular tu rendimiento neto
- Tabla completa de los 15 tramos 2026
- Cómo cambiar de tramo durante el año
- Regularización anual con la AEAT
- Tarifa plana para nuevos autónomos (80 €)
- Autónomos colaboradores y societarios
- Pluriactividad y compatibilidades
- Impacto de tu tramo en la pensión futura
- Comparativa tarifa plana vs cuota real
- Sanciones por declaración incorrecta
- Preguntas frecuentes
1. El nuevo sistema de cotización 2023-2032
Hasta 2022, el autónomo podía elegir libremente su base de cotización dentro del intervalo legal (casi todos elegían la mínima, con una cuota de unos 294 €/mes). El Real Decreto-ley 13/2022 aprobó un nuevo sistema que entró en vigor el 1 de enero de 2023 y obliga a cotizar en función de los rendimientos netos reales. El sistema se despliega de forma progresiva hasta 2032, con tres marcos trienales: 2023-2025, 2026-2028 y 2029-2032.
Cada trienio se renegocia la tabla concreta de tramos mediante Orden Ministerial publicada en el BOE. Para 2026, la Orden ISM/835/2025 fija las bases y tipos que comentamos en esta guía. Los pilares del sistema son:
- Cotización por rendimientos netos, no por elección libre.
- 15 tramos con base mínima y máxima por cada uno.
- Regularización anual una vez conocidos los ingresos reales.
- Mantiene la tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año para nuevos autónomos (prorrogable en caso de bajos ingresos).
- Tipo de cotización conjunto: 31,30 % en 2026, descompuesto en contingencias comunes (28,30 %), profesionales (1,30 %), cese de actividad (0,90 %) y formación (0,10 %) + MEI (0,70 %).
2. Cómo calcular tu rendimiento neto
El rendimiento neto es la base para asignarte un tramo. Se calcula así:
Ejemplo: un autónomo factura 42.000 € en 2026 y tiene 10.000 € de gastos deducibles. Las cuotas RETA aportadas el año anterior suman 3.528 €. El cálculo sería:
Con 2.753 €/mes de rendimiento neto, este autónomo entraría en el tramo 11 de la tabla (ver punto 3), que le corresponde una cuota mensual de 500 €.
3. Tabla completa de los 15 tramos 2026
Esta es la tabla oficial vigente a partir de enero de 2026 (Orden ISM/835/2025, BOE 27/12/2025). Las cuotas incluyen el 31,30 % aplicado sobre la base mínima que elegirías dentro de cada intervalo:
| Tramo | Rendimiento mensual | Base mín. 2026 | Cuota mín. | Cuota máx. |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 € | 753,29 € | 230,00 € | 250,00 € |
| 2 | 670 - 900 € | 816,99 € | 260,00 € | 285,00 € |
| 3 | 900 - 1.125,90 € | 872,55 € | 278,00 € | 305,00 € |
| 4 | 1.125,90 - 1.300 € | 950,98 € | 300,00 € | 325,00 € |
| 5 | 1.300 - 1.500 € | 960,78 € | 310,00 € | 335,00 € |
| 6 | 1.500 - 1.700 € | 960,78 € | 315,00 € | 355,00 € |
| 7 | 1.700 - 1.850 € | 1.143,79 € | 360,00 € | 370,00 € |
| 8 | 1.850 - 2.030 € | 1.209,15 € | 390,00 € | 400,00 € |
| 9 | 2.030 - 2.330 € | 1.279,43 € | 415,00 € | 430,00 € |
| 10 | 2.330 - 2.760 € | 1.454,25 € | 465,00 € | 480,00 € |
| 11 | 2.760 - 3.190 € | 1.556,92 € | 495,00 € | 515,00 € |
| 12 | 3.190 - 3.620 € | 1.759,46 € | 560,00 € | 580,00 € |
| 13 | 3.620 - 4.050 € | 1.963,00 € | 620,00 € | 645,00 € |
| 14 | 4.050 - 6.000 € | 2.166,53 € | 700,00 € | 780,00 € |
| 15 | Más de 6.000 € | 2.760,00 € | 870,00 € | 1.060,00 € |
4. Cómo cambiar de tramo durante el año
Puedes modificar tu tramo de cotización hasta 6 veces al año, a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Los cambios tienen efecto en las fechas siguientes:
| Solicitud presentada | Efecto desde |
|---|---|
| 1 enero - 28 febrero | 1 de marzo |
| 1 marzo - 30 abril | 1 de mayo |
| 1 mayo - 30 junio | 1 de julio |
| 1 julio - 31 agosto | 1 de septiembre |
| 1 septiembre - 31 octubre | 1 de noviembre |
| 1 noviembre - 31 diciembre | 1 de enero siguiente |
Necesitarás tu certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico para hacer el cambio. Es muy recomendable ajustar el tramo al menos 2-3 veces al año para evitar grandes regularizaciones en el ejercicio siguiente.
5. Regularización anual con la AEAT
Una vez presentada la declaración de la renta del ejercicio (modelo 100, entre abril y junio del año siguiente), la TGSS calcula tu rendimiento neto real y lo compara con el tramo por el que cotizaste. Hay tres posibilidades:
- Cotizaste menos de lo que correspondía: debes abonar la diferencia (sin intereses ni recargo si se regulariza en plazo).
- Cotizaste lo correcto: nada que hacer.
- Cotizaste de más: la TGSS devuelve de oficio la diferencia antes del 30 de abril del año siguiente.
La regularización se comunica por la sede electrónica de la Seguridad Social. Si discrepas, tienes 10 días hábiles para alegar aportando documentos. Es frecuente que autónomos con ingresos irregulares (comisionistas, freelancers con picos estacionales) terminen pagando una regularización importante en el ejercicio siguiente: planifícalo.
6. Tarifa plana para nuevos autónomos (80 €)
Si te das de alta por primera vez en el RETA (o no has estado dado de alta en los 2 años anteriores), puedes beneficiarte de la tarifa plana de 80 €/mes durante 12 meses. Si durante ese primer año tus rendimientos netos son inferiores al SMI (16.576 € en 2026), puedes prorrogar la tarifa reducida otros 12 meses, siempre que lo solicites expresamente antes del fin del primer año.
Durante la tarifa plana se cotiza por una base equivalente a 960,78 € pero solo se abonan 80 €/mes (el resto lo asume el Estado vía bonificación). Esto significa que tu carrera de cotización para la pensión se genera con esa base, no con 80 €.
Existen bonificaciones adicionales del 30-50 % para jóvenes menores de 30 años (mujeres hasta 35), personas con discapacidad ≥ 33 % y víctimas de violencia de género/terrorismo. Consulta en la calculadora de cuota de autónomo tu cuota teniendo en cuenta las bonificaciones aplicables.
7. Autónomos colaboradores y societarios
Dos regímenes especiales tienen tramos propios:
| Categoría | Base mínima 2026 | Cuota mínima | Particularidad |
|---|---|---|---|
| Autónomo colaborador (familiar) | 1.000,00 € | 313,00 € | Se cotiza por base fija mínima, independiente de ingresos reales |
| Autónomo societario | 1.000,00 € | 313,00 € | Deducción por gastos genéricos del 3 % (vs 7 %) |
| TRADE (dependiente económico) | Según tramos generales | Según tramos | Régimen general con especialidades contractuales |
El autónomo societario (socio trabajador de SL con control efectivo) no puede beneficiarse de la tarifa plana de 80 €, pero sí de una reducción del 80 % los 12 primeros meses si cumple requisitos de edad y de no haber estado de alta previamente.
8. Pluriactividad y compatibilidades
Si trabajas como asalariado (Régimen General) y al mismo tiempo como autónomo (RETA), estás en pluriactividad. Beneficios:
- Devolución del 50 % de las cuotas del exceso sobre 13.822,06 € de cotizaciones anuales combinadas.
- Posibilidad de elegir base más baja durante los 18 primeros meses (tramos 1-5 bonificados).
- La devolución se solicita antes del 30 de abril del año siguiente, mediante la sede electrónica.
La jubilación parcial o activa tiene sus propias reglas: puedes seguir de alta como autónomo mientras cobras el 100 % de la pensión si cumples los requisitos del RD 302/2019 (jubilación activa plena con contratación de un asalariado indefinido).
9. Impacto de tu tramo en la pensión futura
Más del 80 % de los autónomos cotizan en 2025-2026 por bases mínimas o reducidas. Esto lleva a una pensión media de jubilación de 1.030 €/mes para autónomos (vs 1.585 €/mes del Régimen General, datos INSS 2026). La base reguladora se calcula con los últimos 300 meses cotizados (25 años). Subir un solo tramo durante 10 años puede traducirse en una pensión mayor de 80-150 €/mes de por vida.
Estimaciones basadas en la base reguladora media con 37 años cotizados y la fórmula actual de la Ley 21/2021.
10. Comparativa con la antigua cuota flat rate
Antes de 2023, muchos autónomos cotizaban por la base mínima (960,60 €) con una cuota de 294 €/mes, con independencia de lo que facturaran. Este nuevo modelo pretende equilibrar la aportación:
| Perfil | Cuota 2022 (antigua) | Cuota 2026 (real) | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Autónomo con rendimiento 500 €/mes | 294 € | 230 € | -64 € |
| Autónomo con rendimiento 1.500 €/mes | 294 € | 315 € | +21 € |
| Autónomo con rendimiento 3.000 €/mes | 294 € | 495 € | +201 € |
| Autónomo con rendimiento 5.000 €/mes | 294 € | 700 € | +406 € |
| Autónomo con rendimiento 8.000 €/mes | 294 € | 870 € | +576 € |
El sistema perjudica a los autónomos con rendimientos elevados que hasta ahora cotizaban por la mínima y beneficia a los de rentas bajas. A cambio, la prestación por cese, maternidad/paternidad y jubilación se adaptan a la base efectivamente cotizada.
11. Sanciones por declaración incorrecta
Declarar un rendimiento menor del real para pagar menos es una infracción grave. La Ley 4/2023 actualizó el régimen sancionador de la Seguridad Social:
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Ocultación intencionada < 20 % rendimientos | Recargo 5 % + intereses legales |
| Ocultación 20 - 50 % rendimientos | Multa 20-40 % cotizaciones no ingresadas |
| Ocultación > 50 % o reincidencia | Multa 50-150 % + recargo |
| Retraso en la regularización | Recargo 10-20 % según retraso |
Por ello conviene ajustar el tramo mediante Import@ss con regularidad y reservar un fondo de tesorería para la regularización anual.
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Calcular cuota →12. Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi rendimiento varía mucho durante el año?
Cambia de tramo tantas veces como necesites (hasta 6 al año). Para rentas irregulares, la estrategia recomendada es elegir un tramo intermedio que represente la media anual esperada y ajustar al alza/baja según los trimestres. La regularización final con la AEAT corregirá la diferencia sin intereses si la información es correcta.
¿Puedo elegir un tramo superior al que me corresponde por ingresos?
Sí. Puedes cotizar por una base superior a la que te obliga tu rendimiento (hasta el tope máximo del tramo 15: 1.060 €/mes). Esto incrementa la pensión futura y mejora las prestaciones por incapacidad temporal, maternidad/paternidad y cese.
¿Qué ocurre si soy administrador único de una SL?
Te aplicas el régimen de autónomo societario: base mínima 1.000 € y deducción por gastos genéricos del 3 % (en lugar del 7 %). Si tienes más del 25 % del capital social, o el 50 % en sumando con familiares hasta segundo grado, estás obligado a RETA.
¿Los autónomos jóvenes siguen teniendo tarifa plana?
Sí. Primer año: 80 €/mes. Segundo año: 80 €/mes si los rendimientos netos del primer año son inferiores al SMI (16.576 € en 2026). Jóvenes menores de 30 años (35 para mujeres) pueden disfrutar de bonificaciones adicionales durante 12 meses más.
¿Me conviene facturar más para pagar más cuota o menos?
Depende. Pagar más cuota mejora la pensión y prestaciones, pero reduce tu renta disponible. Un análisis financiero típico dice que cotizar por el tramo 5-6 (315-355 €/mes) ofrece el mejor equilibrio coste/pensión para autónomos con rendimientos entre 1.500-1.700 €/mes. Para los de mayor renta, complementa con planes de pensiones privados con ventajas fiscales.
Fuentes: Orden ISM/835/2025 (BOE 27/12/2025), Real Decreto-ley 13/2022, Ley 21/2021, Ley 4/2023, TGSS, Import@ss, AEAT, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Datos orientativos basados en normativa vigente abril 2026. Consulta con un profesional para tu caso concreto. Enlaces relacionados: cotizaciones Seguridad Social 2026, gastos deducibles autónomos 2026, qué es el MEI, declaración de la renta, cómo funciona el IRPF.
Especialista en fiscalidad española y finanzas personales. Datos verificados con la AEAT, el BOE y la Seguridad Social. Datos vigentes 2026.